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DECRETO N° 19

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ERIGIDA EN COLEGIO ELECTORAL,

 

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara que en el Municipio de SANTIAGO LAOLLAGA, perteneciente al V Distrito Electoral, con cabecera en Ciudad Ixtepec, Oaxaca, no se llevo a cabo la elección de Concejales al Ayuntamiento en el proceso electoral ordinario dos mil siete, en virtud de no haber existido condiciones para su celebración.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 59 fracción XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se faculta al Instituto Estatal Electoral, para que convoque a los ciudadanos del Municipio de SANTIAGO LAOLLAGA, a participar en las elecciones extraordinarias de 2008, para elegir Concejales al Ayuntamiento Municipal por el Régimen de Partidos Políticos de SANTIAGO LAOLLAGA, que deberán celebrarse, dentro del término que señala el artículo 22 del citado Código Electoral. La elección deberá organizarse y desarrollarse en los términos que dispone el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca y en cumplimiento al artículo Segundo del Decreto 370, de fecha 11 de enero de 2007, publicado en el Extra del Periódico Oficial de la misma fecha.

 

 

T R A N S I T O R I O S:

 

 

PRIMERO.- El presente Decreto surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

SEGUNDO.- Comuníquese esta determinación al Poder Ejecutivo del Estado, para que dé cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca.

 

 

TERCERO.- Comuníquese esta resolución al Instituto Estatal Electoral, para los efectos legales procedentes.

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 26 de diciembre de 2007.

 

 

 

DIP. ANTONIO AMARO CANSINO

PRESIDENTE.
RÚBRICA

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

SECRETARIO.
RÚBRICA

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ

SECRETARIO.
RÚBRICA